Tema 20 :
LA EUCARISTÍA
El Sacramento de la Eucaristía es el que contiene verdadera, real y sustancialmente el Cuerpo, Sangre, Alma y Divinidad de nuestro señor Jesucristo, bajo las apariencias de pan y vino, en todas y cada una de las partes del pan y vino consagrados.
Es por esa razón lemas sublime de los Sacramentos,
de donde manan y hacia el que convergen todos los demás. Es el centro de la
vida litúrgica de la Iglesia. Es la expresión y alimento de la comunión
cristiana.
Así se afirmó en Puebla: “La celebración
eucarística, centro de la sacramentalidad de la Iglesia y la más plena
presencia de Cristo en la humanidad, es centro y culmen de toda la vida
sacramental” (Documento de Puebla, n° 923)
Antes de la llegada de Nuestro Señor Jesucristo, en el
Antiguo testamento encontramos algunos pasajes donde se nos indica algunas
figuras de este Sacramento, o sea que ya fue prefigurado.
La Eucaristía fue también
preanunciada varias veces en el Antiguo Testamento:
El Catecismo de la Iglesia católica nos da explicación del nombre de este Sacramento y de su excelencia.
II
El nombre de este sacramento
1328 La riqueza inagotable de este sacramento se expresa mediante
los distintos nombres que se le da. Cada uno de estos nombres evoca alguno de
sus aspectos. Se le llama:
Eucaristía porque es acción de gracias a Dios. Las
palabras "eucharistein" (Lc 22,19; 1 Co 11,24) y "eulogein"
(Mt 26,26; Mc 14,22) recuerdan las bendiciones judías que proclaman -sobre todo
durante la comida - las obras de Dios: la creación, la redención y la
santificación.
1329 Banquete del Señor (cf 1 Co 11,20) porque se
trata de la Cena que el Señor celebró con sus discípulos la víspera de
su pasión y de la anticipación del banquete de bodas del Cordero (cf Ap
19,9) en la Jerusalén celestial.
Fracción del pan porque este rito, propio del banquete
judío, fue utilizado por Jesús cuando bendecía y distribuía el pan como cabeza
de familia (cf Mt 14,19; 15,36; Mc 8,6.19), sobre todo en la última Cena (cf Mt
26,26; 1 Co 11,24). En este gesto los discípulos lo reconocerán después de su
resurrección (Lc 24,13-35), y con esta expresión los primeros cristianos
designaron sus asambleas eucarísticas (cf Hch 2,42.46; 20,7.11). Con él se
quiere significar que todos los que comen de este único pan, partido, que es
Cristo, entran en comunión con él y forman un solo cuerpo en él (cf 1
Cor 10,16-17).
Asamblea eucarística (synaxis), porque la Eucaristía es
celebrada en la asamblea de los fieles, expresión visible de la Iglesia (Cf. 1
Co 11,17-34).
1330 Memorial de la pasión y de la resurrección del
Señor.
Santo Sacrificio,
porque actualiza el único sacrificio de Cristo Salvador e incluye la ofrenda de
la Iglesia; o también santo sacrificio de la misa, "sacrificio
de alabanza" (Hch 13,15; cf Sal 116, 13.17), sacrificio espiritual
(cf 1 P 2,5), sacrificio puro (cf Ml 1,11) y santo, puesto que
completa y supera todos los sacrificios de la Antigua Alianza.
Santa y divina Liturgia,
porque toda la liturgia de la Iglesia encuentra su centro y su expresión más
densa en la celebración de este sacramento; en el mismo sentido se la llama
también celebración de los santos misterios. Se habla también del Santísimo
Sacramento porque es el Sacramento de los Sacramentos. Con este nombre se
designan las especies eucarísticas guardadas en el sagrario.
1331 Comunión, porque por este sacramento nos unimos
a Cristo que nos hace partícipes de su Cuerpo y de su Sangre para formar un
solo cuerpo (cf 1 Co 10,16-17); se la llama también las cosas santas [ta
hagia; sancta] (Const. Apost. 8, 13, 12; Didaché 9,5; 10,6) -es el sentido
primero de la comunión de los santos de que habla el Símbolo de los Apóstoles
-, pan de los ángeles, pan del cielo, medicina de inmortalidad
(S. Ignacio de Ant. Eph 20,2), viático...
1332 Santa Misa porque la liturgia en la que se realiza el misterio de salvación se termina con el envío de los fieles (missio) a fin de que cumplan la voluntad de Dios en su vida cotidiana.
Como se puede comprobar, la mayoría
de acepciones que adopta el catecismo se pueden reducir a tres acepciones: sacramento-sacrificio,
sacramento-comunión y sacramento-presencia.
Para entender mejor lo que se refiere al sacrificio eucarístico,
conviene considerar primero brevemente el sacerdocio de Cristo, ya que
sacerdocio y sacrificio son conceptos correlativos.
Hb 5, 1: Porque todo Sumo Sacerdote es tomado de
entre los hombres y está puesto en favor de los hombres en lo que se refiere a
Dios para ofrecer dones y sacrificios por los pecados. Se trata de la ddefinición que hace la carta a los Hebreos del
sacerdocio.
Ya se ve que, en este texto, lo propio del sacerdote
es ofrecer dones y sacrificios. Ser mediador entre Dios y el pueblo. Debe ser
un hombre que viene del mundo de Dios y conduce al mundo de Dios; ésta y no
otra es su razón de ser. Y así, la Carta a los Hebreos sigue analizando los
matices del verdadero Sacerdote.
Heb 10, 4-14: Pues es imposible que
sangre de toros y machos cabríos borre pecados. Por eso, al entrar en este
mundo, dice: Sacrificio y oblación no quisiste; pero me has formado un cuerpo.
Holocaustos y sacrificios por el pecado no te agradaron. Entonces dije: ¡He
aquí que vengo - pues de mí está escrito en el rollo del libro - a hacer, oh
Dios, tu voluntad! Dice primero: Sacrificios y oblaciones y holocaustos y
sacrificios por el pecado no los quisiste ni te agradaron - cosas todas
ofrecidas conforme a la Ley -entonces - añade -: He aquí que vengo a hacer tu
voluntad. Abroga lo primero para establecer el segundo. Y en virtud de esta
voluntad somos santificados, merced a la oblación de una vez para siempre del
cuerpo de Jesucristo. Y, ciertamente, todo sacerdote está en pie, día tras día,
oficiando y ofreciendo reiteradamente los mismos sacrificios, que nunca pueden
borrar pecados. El, por el contrario, habiendo ofrecido por los pecados un solo
sacrificio, se sentó a la diestra de Dios para siempre, esperando desde
entonces hasta que sus enemigos sean puestos por escabel de sus pies. En
efecto, mediante una sola oblación ha llevado a la perfección para siempre a los
santificados. Cristo, Sacerdote
desde el momento de la Encarnación, es nuestro Pontífice que se ofrece en
sacrificio una vez para siempre para obrar así la Redención.
Véase la clara distinción que se hace
de los sacrificios de la Antigua Alianza respecto de los de la Nueva. Los
sacrificios de la Antigua Ley se repiten y no pueden borrar el pecado:
Se llama a Cristo sacerdote según el orden de
Melquisedec:
Recuérdese quién era este Melquisedec: Gn 14, 18-19
que es figura de Cristo: Heb 7,1-3.
Es cierto que Melquisedec es figura de Cristo, pero con una diferencia: el sacerdocio de Cristo es eterno.
Por tanto Cristo no tiene “sucesores”, pero sí
ministros que actúan “in persona Cristo”, es decir en su nombre y con su potestad:
¿Por qué en la Sagrada Escritura aparecen referidas a Jesucristo –y
por prolongación a nosotros, los sacerdotes ministeriales, que participamos de
ese único Sacerdocio de Jesucristo–, las palabras: Tú eres Sacerdote para siempre según el orden de Melquisedec? (Sl
109,4).
En primer lugar, porque el Sacerdocio de Jesucristo no es del orden de Aarón, cuyo sacerdocio y sacrificios cruentos fueron abolidos al entrar en vigor la Ley nueva, la Ley del Evangelio que trajo Jesucristo Nuestro Señor. Por el contrario, el Sacerdocio de Jesucristo es como el sacerdocio de Melquisedec, que fue rey de Salem (es decir, de Jerusalén), y que ofreció un sacrificio incruento, que fue del pan y del vino, como se narra en el libro del Génesis (14,18), sacrificio que es figura del sacrificio incruento eucarístico, donde se inmola Nuestro Señor bajo las especies de pan y vino.
En segundo lugar, para dar a entender que Melquisedec es sacerdote por vocación de Dios y no por herencia de familia levítica. Como dice el autor de la carta a los Hebreos: Melquisedec, sin padre, sin madre, sin genealogía (7,3); por ese motivo, Melquisedec es modelo de todo sacerdote del Nuevo Testamento. Él, propiamente, ya no pertenece a ninguna familia, sino sólo a Dios.
En tercer lugar, porque es un sacerdocio eterno, como tipo y figura del sacerdocio de Jesucristo. Sigue diciendo el autor de la carta a los Hebreos: Melquisedec es sin principio de días ni fin de vida (7,3). ¿Y qué significa eso de: «sin principio de días y sin fin»? Es un sacerdocio para siempre, un sacerdocio eterno; por tanto, estirpe y figura del único Sacerdocio de Jesucristo. Es de notar que en la carta a los Hebreos se nos habla de eterna salvación (5,9), eterna redención (9,12), eterno espíritu (9,14), eterna herencia (9,15), eterna alianza (9,15).
A Melquisedec, el patriarca Abraham le dió una décima parte (el diezmo) de los mejores despojos (Heb 7,2). Se muestra así la superioridad del sacerdote Melquisedec sobre el mismísimo patriarca Abraham, padre de los creyentes. Y por eso Melquisedec bendijo a Abraham, bendijo al que tenía las promesas. Ahora bien, está fuera de duda que el inferior es bendecido por el superior. Además, los que aquí reciben los diezmos son hombres mortales; mientras que allí uno de quien se afirma que vive. Y, por decirlo así, fue el mismo Leví quien, en la persona de Abraham, que recibe los diezmos, los pagó, porque aún no había nacido cuando le salió al encuentro Melquisedec (Heb 7,6–10).
En cuarto lugar, quiere decir que se trata de un sacerdocio perfecto al cual no se le puede añadir, ni agregar, ni mejorar nada: Si la perfección se hubiese dado por medio del sacerdocio levítico, ¿qué necesidad de que se levantase otro sacerdote según el orden de Melquisedec? (Heb 7,11).
Aarón era incapaz de ofrecer un don perfecto... Hoy sí, por manos de los sacerdotes que somos según el orden de Melquisedec, es ofrecido un don perfecto: el Sacrificio Eucarístico, memorial de la Nueva Alianza sellada con la sangre de Cristo. Y esto no por poder de un precepto de una ley carnal, sino por un poder de vida indestructible (Heb 7,16), es decir, con el poder que da la inmortalidad de Nuestro Señor Jesucristo, porque Jesucristo resucitado ya no puede morir, la muerte no tiene ningún poder sobre Él (Ro 6,9). Por eso se nos enseña en Heb 7,24: El sacerdocio de Jesucristo, en cambio, posee un sacerdocio inmutable porque permanece para siempre, y por eso mismo: Tú eres sacerdote para siempre.
Por todo esto, la dignidad del único sacerdocio de Jesucristo no lleva el sello de la imperfección o de la caducidad, sino que es eterna y por tanto, es un sacerdocio «mejor», como tantas veces se habla también, en la carta a los Hebreos, de mejor pacto (8,6); mejor posesión (10,34); mejor patria (11,16); mejor resurrección (11,35); algo mejor (11,40); sangre que habla mejor que la de Abel (12,24).
El sacerdocio ministerial participa, a su manera, de este sacerdocio «para siempre», de este sacerdocio «in aeternum».
Por el sacramento del Orden, los sacerdotes ministeriales recibimos fundamentalmente dos cosas: la gracia santificante y la gracia propia del Orden: el carácter sacerdotal. ¿Qué es el carácter? Lo dice el apóstol San Pablo en la segunda carta a los Corintios: Él es quien nos fortalece juntamente con vosotros en Cristo y el que nos ha ungido, el cual nos ha sellado y nos ha infundido las arras del Espíritu en nuestros corazones (1,21–22). Así como en el bautismo, que también imprime carácter, o la confirmación, también el sacramento del Orden ha marcado con su sello (1,22). Ese es el carácter sacramental, porque propio de este es marcar y sellar alguna cosa, dejando en el alma una señal indeleble que jamás puede borrarse y que le estará siempre adherida.
¿Cuál es la función del carácter sacramental, tanto en el bautismo como en la confirmación, como en el Orden Sagrado? Es carácter para dos cosas: en primer lugar, para ponernos en actitud de recibir, y en este caso, de hacer alguna cosa sagrada; en segundo lugar, para que nos distingamos unos de otros por alguna señal. En el sacramento del Orden que recibe todo sacerdote católico, el carácter sacramental nos da la facultad, la potestad, de hacer y administrar los sacramentos y de predicar la Palabra de Dios. Nos da de manera especial esos poderes tremendos sobre el Cuerpo físico de Cristo: transustanciar el pan y el vino en su Cuerpo y su Sangre; y el poder, también tremendo, de perdonar los pecados en su Nombre y con su Poder. A esta potestad se refiere el apóstol San Pablo en la carta a Timoteo: No seas negligente respecto a la gracia que hay en ti, que te fue conferida en virtud de la profecía con la imposición de las manos de los presbíteros (1,14). En la segunda carta dirigida también a Timoteo, recuerda a todos los sacerdotes que sepamos reavivar la gracia que nos ha sido dada por la imposición de las manos el día de nuestra ordenación: Por esta causa te amonesto que reavives la gracia de Dios, que te fue conferida con la imposición de las manos (1,6).
Téngase en cuenta, también, que siendo lo propio del
sacerdote ofrecer dones y sacrificios y siendo Cristo sacerdote según el orden
de Melquisedec ( y no según el orden de Aarón), ha de corresponder a este
sacerdocio un sacrificio propio de este orden, completamente diferente de los
del orden levítico. Cristo se ofrece a sí mismo, es, pues, sacerdote y víctima
a un tiempo, de valor infinito en virtud de la Unión Hipostática.
El Sacrificio de Cristo abarca toda su vida, desde el
primer instante de la Encarnación y culmina en la cruz.
EL ÚNICO SACRIFICIO DE CRISTO SE ACTUALIZA
EN EL ALTAR para irnos aplicando sus méritos redentores (Ver:
Conc. Trid. Ses XXII-Cap.II)[1]. Que la Misa es verdadero sacrificio es de fe (el
banquete sigue al sacrificio): S. Lc 22,19-20. (Tomó
luego pan, y, dadas las gracias, lo partió y se lo dio diciendo: Este es mi
cuerpo que es entregado por vosotros; haced esto en recuerdo mío.» De igual
modo, después de cenar, la copa, diciendo: «Esta copa es la Nueva Alianza en mi
sangre, que es derramada por vosotros).
El texto original griego de la institución de la
Eucaristía, en los Evangelios de Mateo, Marcos y Lucas, emplea el participio
presente. Se trata del Cuerpo de Cristo “dándose” y de la sangre de Cristo
“derramándose”; es, pues, una acción presente.
Obsérvese también que el Cuerpo de Cristo no solamente
se da a los Apóstoles, sino por los Apóstoles y la sangre se derrama “...por
ellos” y “...por muchos” (= la muchedumbre, todos) y, ciertamente,
tal modo de hablar designa un verdadero sacrificio. Además la sangre de Cristo
se derrama para la remisión de los pecados, lo cual designa una acción
sacrificial:
Esta Sangre sella la nueva y eterna Alianza con Dios,
tal como también la antigua Alianza fue sellada con la sangre de las víctimas:
El Sacrificio de Cristo nos da entrada en el Cielo, es
decir, nos da eterna salvación.
Es especialmente importante el vers. 26: Cuantas
veces comáis este pan y bebáis este cáliz, anunciáis la muerte del Señor hasta
que venga. Anuncio que, como comenta el P. Bover, no es mero recuerdo
histórico, sino una viva reproducción del Sacrificio de Cristo (Biblia
Bover-Cantera). Y esto “hasta que venga”, es decir, hasta la Parusía.
Que es verdadero sacrificio resulta también de: I
Cor 10,16-21:La copa de bendición que bendecimos ¿no es
acaso comunión con la sangre de Cristo? Y el pan que partimos ¿no es comunión
con el cuerpo de Cristo? Porque aun siendo muchos, un solo pan y un solo cuerpo
somos, pues todos participamos de un solo pan. Fijaos en el Israel según la
carne. Los que comen de las víctimas ¿no están acaso en comunión con el altar?
¿Qué digo, pues? ¿Que lo inmolado a los ídolos es algo? O ¿qué los ídolos son
algo? Pero si lo que inmolan los gentiles, ¡lo inmolan a los demonios y no a
Dios! Y yo no quiero que entréis en comunión con los demonios. No podéis beber
de la copa del Señor y de la copa de los demonios. No podéis participar de la
mesa del Señor y de la mesa de los demonios.
En este texto, después de haber hablado de la
participación de los cristianos en el sacrificio Eucarístico, habla S. Pablo de
los sacrificios de los judíos y paganos. En el vers. 18 menciona a los que en
Israel comen del altar y son, por lo mismo, partícipes del altar; según el
vers. 20 los gentiles ofrecen sus sacrificios a los demonios y, los que comen
de ellos, se hacen partícipes de los demonios y el cristiano no debe participar
de la mesa del Señor y al mismo tiempo de la de los demonios. De este texto se
desprende claramente que, para S. Pablo, la celebración de la Eucaristía era un
verdadero sacrificio.
·
Heb 13,10: Tenemos nosotros un altar del cual no tienen derecho a comer los que
dan culto en la Tienda.
Si hay un altar es porque hay un sacrificio que se ofrece sobre este altar y del cual solamente pueden comer los cristianos. Por consiguiente, la Iglesia tiene la misión de ofrecer a Cristo bajo las especies eucarísticas.
Con las palabras “Haced esto en memoria mía”,
Cristo confiere a los Apóstoles el sacerdocio de la nueva ley que les da la
facultad de ofrecer a Cristo bajo las especies de pan y vino. Por eso dice el
Conc. Vaticano II, “aunque no pueda haber en ella (en la Eucaristía)
presencia de fieles, es ciertamente acto de Cristo y de la Iglesia”. (Presbyterorum
ordinis, 13), pues “el sacerdocio ministerial, por la potestad sagrada de
que goza... confecciona el sacrificio eucarístico en la persona de Cristo y lo
ofrece en nombre de todo el Pueblo de Dios” (Lumen Gentium, 10); actúa,
pues, como representante de la Iglesia y en bien de la Iglesia.
ASI SE REALIZA LA PROFECÍA DE Mal
1,10-11. ¡Oh, quién de vosotros cerrará las puertas para que
no encendáis mi altar en vano! No tengo ninguna complacencia en vosotros, dice
Yahvé Sebaot, y no me es grata la oblación de vuestras manos. Pues desde el sol
levante hasta el poniente, grande es mi Nombre entre las naciones, y en todo
lugar se ofrece a mi Nombre un sacrificio de incienso y una oblación pura. Pues
grande es mi Nombre entre las naciones, dice Yahvé Sebaot.
Este sacrificio predicho por Malaquías será:
1)
Nuevo, que sustituye a los antiguos.
2)
Universal, se ofrecerá en toda la redondez de la Tierra.
3)
Incruento, pues la palabra “minhah” designa una oblación hecha
sin derramamiento de sangre.
4)
Puro, o sea, agradable a Dios y digno de Él. Pero hay una
sóla ofrenda digna de Dios, Jesucristo.
Malaquías predice un sacrificio propiamente dicho,
pues el verbo hebreo “nagash” se emplea lo mismo para el sacrificio nuevo
(vers. 11), que para los antiguos
(vers. 7 y 8).
IDENTIDAD DE LA MISA CON EL SACRIFICIO DE LA CRUZ
En ambos Cristo es el Sacerdote y la Víctima, pues el
mismo Cristo, que se inmoló en la cruz, se ofrece de manera incruenta en el
altar por medio de sus ministros. Cristo es el sacerdote principal y la
víctima, como se desprende claramente de las palabras de la Institución
Los Apóstoles deben hacer lo que hizo Cristo, cambiar
el pan y el vino en el Cuerpo y la Sangre entregados por nosotros en
sacrificio, a fin de aplicarnos los meritos redentores de Cristo.
DIFERENCIAS ENTRE EL SACRIFICIO DE LA CRUZ Y LA MISA
El
Sacrificio de la Cruz:
1)
es cruento;
2)
se ofrece una sola vez y en un solo
lugar;
3)
en la Cruz
Cristo nos lo merece todo;
4)
Cristo se
ofrece solo.
El
sacrificio de la Misa:
1)
es un
sacrificio incruento;
2)
se ofrece
muchas veces y en muchos lugares;
3)
nada añade
a los méritos de Cristo, pero nos aplica estos méritos;
4)
en la Misa
Cristo se ofrece por
medio de la Iglesia y con ella.
Dice Pablo VI en la encíclica “Mysterium Fidei” (n° 31):
“La
Iglesia al desempeñar la función de Sacerdote y víctima juntamente con Cristo,
ofrece toda entera el Sacrificio de la Misa, y toda entera se ofrece en él. Nos
deseamos ardientemente que esta admirable doctrina, enseñada ya por los Padres,
recientemente expuesta por nuestro predecesor
Pío XII, de inmortal memoria, y últimamente expresada por el Conc.
Vaticano II en la constitución De Ecclesia a propósito del pueblo de Dios, se
explique una y otra vez y se inculque profundamente en el alma de los fieles,
dejando a salvo, como es justo, la distinción, no de grado, sino también de
naturaleza que hay entre el sacerdocio de los fieles y el sacerdocio
jerárquico; porque esta doctrina en efecto, es aptísima para alimentar la
piedad eucarística, para enaltecer la dignidad de todos los fieles y para
estimular a las almas a llegar a la cumbre de la santidad, que no consiste sino
en entregarse por completo al servicio de la Divina Majestad con generosa
oblación de sí mismo”.
Conviene también
leer Lumen
Gentium, 11: “los
fieles... participando del Sacrificio Eucarístico, fuente y cumbre de toda la
vida cristiana, ofrecen a Dios la Víctima divina y se ofrecen a sí mismos
juntamente con ella” “Pues todas sus obras, sus oraciones... el cotidiano
trabajo... las mismas pruebas de la vida, si se sobrellevan pacientemente, se
convierten en sacrificios espirituales aceptables a Dios por Jesucristo (Cf. I
pe 2,5), que en la celebración de la Eucaristía se ofrecen piadosamente al
Padre junto con la oblación del Cuerpo del Señor” (LG n° 34).
Y puede verse también Presbyterorum ordinis, 2;
Lumen gentium, 28 y 50 etc.
Debemos,
pues, ofrecernos con Cristo y vivir todos los instantes de nuestra vida esta
oblación, tal como lo hizo Él: (Rom 12,1:
Os exhorto, pues, hermanos, por la misericordia de
Dios, que ofrezcáis vuestros cuerpos como una víctima viva, santa,
agradable a Dios: tal será vuestro culto espiritual.)
NOTESE que nuestra verdadera y auténtica participación en la Misa es
ofrecernos con Cristo (por Él, con Él y en Él) a la gloria de toda la Stma.
Trinidad. Por la Misa, Dios es glorificado por Cristo en la Iglesia (Cfr. Ef 3, 20-21: A Aquel que tiene poder para realizar todas
las cosas incomparablemente mejor de lo que podemos pedir o pensar, conforme al
poder que actúa en nosotros, a él la gloria en la Iglesia y en Cristo Jesús por
todas las generaciones y todos los tiempos. Amén.
En la Misa, pues, hay un doble sacrificio:
1.
Como Sacrificio de
Cristo es de valor infinito.
2.
Como Sacrificio de
la Iglesia, de valor finito, mayor o menor, según el grado de santidad que ese
momento existe en los miembros del Cuerpo Místico.
EFECTOS DE LA MISA:
a) Como se
desprende del texto ya citado de Mal 1,10-11, la Santa Misa, siendo la ofrenda
pura, digna de Dios, es por la misma razón, el solo homenaje de adoración y
acción de gracias digno de Él, de valor infinito (efecto latréutico y eucarístico).
Este efecto se produce “ex opere operato” y
de un modo inmediato e infalible. Así recibe la Stma. Trinidad una gloria
infinita de parte de toda la creación. El hombre, podríamos decir, es el
sacerdote de la creación.
b) La Misa es
también un sacrificio propiciatorio, como resulta de las palabras de la
institución, que indican su identidad con el sacrificio de Cristo:
·
S. Lc. 22,19-20.
·
I Cor 11,23-26.
·
S.
Mt 26, 28
La Sangre de Cristo es derramada en remisión de los
pecados. Ahora bien, la Misa se ofrece por los pecados,
no directamente como remisión de ellos, sino, si se trata de un pecador
debidamente arrepentido y confesado, como remisión de la pena temporal que le
ha quedado, una vez perdonada la culpa, y alcanzándole gracias actuales para
evitar pecados futuros. Si se trata de pecadores no arrepentidos, pero que
asisten a Misa, su asistencia les sirve para alcanzar gracias actuales que les
ayudan arrepentirse y salir del pecado.
c)
También es la Misa un sacrificio impetratorio o sea, nos alcanza toda clase de
gracias, ya que en la Santa Misa ofrecemos a Dios su Hijo, y “El
que no perdonó ni a su propio Hijo, antes bien le entregó por todos nosotros,
¿cómo no nos dará con él graciosamente todas las cosas?” (Rom 8, 32.)
Podemos, pues, decir como conclusión: Acerquémonos, por tanto, confiadamente al trono de gracia, a fin de
alcanzar misericordia y hallar gracia para una ayuda oportuna. (Heb 4, 16)
Pero no olvidemos que, aunque la Misa, como
Sacrificio de Cristo, es de valor infinito, en aplicación a nosotros es necesariamente
finita y limitada y nos aprovechamos de ella en un grado mayor o menor, según
nuestras disposiciones.
FRUTOS DE LA MISA
En la aplicación de la Santa Misa distinguen los
teólogos varios frutos:
1.
Fruto especialísimo, propio del mismo
sacerdote celebrante;
2.
especial,
que debe aplicarlo el sacerdote que celebra y que recibe la persona o personas
por las cuales se ofrece el Sacrifico.
3.
general,
que reciben todos los miembros del Cuerpo Místico y más señaladamente los que
asisten a la celebración de la Eucaristía.
La Misa, pues, se ofrece tanto por los vivos como
por los difuntos. Por los vivos, para que se les aplique el valor propiciatorio
e impetratorio y por los difuntos, como sufragio.
Pero conviene tener presente lo que al respecto
escribe Santo Tomás (Smma Theol II,q. 79, a. 5):
“Aun
cuando la oblación de este Sacrificio por su propio valor, baste para
satisfacer por toda la pena, sin embargo, es satisfactoria para aquellos por
quienes es ofrecida y para los que la ofrecen, según la medida de su devoción,
y no para toda la pena”.
A lo cual agrega Garrigou-Lagrange en su libro La
Vida eterna y la profundidad del alma, cap. VII: “Esa
medida de devoción depende, para las almas del Purgatorio, de las disposiciones
que han tenido en el momento de la muerte”.
En cuanto las Misas en honor de la Virgen Santísima
y de los Santos, hay que tener bien presente que la Misa se ofrece solamente a
Dios, a quien se honra alabándole en sus Santos, que son obras maestras de su
gracia (y la obra maestra por excelencia es, desde este punto de vista, la
Virgen Santísima, digna Madre del Hijo de Dios hecho Hombre), al mismo tiempo
que se implora la intercesión de María Santísima y los demás bienaventurados, a
favor de la Iglesia militante.
LA LITURGIA DEL CIELO
En el cielo, por toda la eternidad, la Iglesia
triunfante, rendirá a Dios el homenaje perpetuo de adoración y acción de
gracias:
·
Ap
5, 8-14: Cuando
lo tomó, los cuatro Vivientes y los veinticuatro Ancianos se postraron delante
del Cordero. Tenía cada uno una cítara y copas de oro llenas de perfumes, que
son las oraciones de los santos. Y cantan un cántico nuevo diciendo: «Eres
digno de tomar el libro y abrir sus sellos porque fuiste degollado y compraste
para Dios con tu sangre hombres de toda raza, lengua, pueblo y nación; y has hecho de ellos para nuestro Dios un
Reino de Sacerdotes, y reinan sobre la tierra.» Y en la visión oí la voz de una
multitud de Ángeles alrededor del trono, de los Vivientes y de los Ancianos. Su
número era miríadas de miríadas y millares de millares, y decían con fuerte
voz: «Digno es el Cordero degollado de recibir el poder, la riqueza, la
sabiduría, la fuerza, el honor, la gloria y la alabanza.» Y toda criatura, del
cielo, de la tierra, de debajo de la tierra y del mar, y todo lo que hay en
ellos, oí que respondían: «Al que está sentado en el trono y al Cordero,
alabanza, honor, gloria y potencia por los siglos de los siglos.» Y los cuatro
Vivientes decían: «Amén»; y los Ancianos se postraron para adorar.
·
Ap
7, 5-12:De la tribu de Judá 12.000 sellados; de la
tribu de Rubén 12.000; de la tribu de Gad 12.000; de la tribu de Aser 12.000;
de la tribu de Neftalí 12.000; de la tribu de Manasés 12.000; de la tribu de
Simeón 12.000; de la tribu de Leví 12.000; de la tribu de Isacar 12.000; de la
tribu de Zabulón 12.000; de la tribu de José 12.000; de la tribu de Benjamín
12.000 sellados. Después miré y había una muchedumbre inmensa, que nadie podría
contar, de toda nación, razas, pueblos y lenguas, de pie delante del trono y el
Cordero, vestidos con vestiduras blancas y con palmas en sus manos. Y gritan
con fuerte voz: «La salvación es de nuestro Dios, que está sentado en el trono,
y del Cordero.» Y todos los Ángeles que estaban en pie alrededor del trono de
los Ancianos y de los cuatro Vivientes, se postraron delante del trono, rostro
en tierra, y adoraron a Dios diciendo: «Amén. Alabanza, gloria, sabiduría,
acción de gracias, honor, poder y fuerza, a nuestro Dios por los siglos de los
siglos. Amén.»
VEASE también:
·
Ap
21, 22: Pero no vi Santuario alguno en ella; porque
el Señor, el Dios Todopoderoso, y el Cordero, es su Santuario. (Dios es el templo de la Jerusalén
celestial).
·
Ap 22, 3: Y
no habrá ya maldición alguna; el trono de Dios y del Cordero estará en la
ciudad y los siervos de Dios le darán culto. ( El verbo griego es “latreuw”,
con el matiz de culto, de servicio litúrgico).
En el cielo ciertamente, ya no habrá necesidad de
purificarnos de nuestros pecados ni necesidades nuestras que remediar, pero
queda del deber de la incesante adoración y acción de gracias.
Por eso cabe tener siempre presente que “al
celebrar el Santo Sacrificio Eucarístico es cuando mejor nos unimos al culto de
la Iglesia celestial” (Lumen gentiun, 50). Por tanto, para esta vida del
Cielo, nos prepara una vida cristiana que tenga como centro la Santa Misa.
Nuestra vida ha de ser una oblación incesante unida al sacrificio de Cristo,
para gloria de toda la Santísima Trinidad.
LA EUCARISTÍA COMO SACRAMENTO
EL PAN DE VIDA: S. Jn
6, 48-58
Cristo promete dársenos como pan
de vida sobrenatural. Este pan es la carne (= Humanidad de Cristo), verdadera
(griego, “aleqhV”) comida y bebida.
Esta promesa la cumple al instituir la Eucaristía, como consta en los
cuatro relatos de la Institución:
Además, de
no ser así, ¿cómo entender lo que afirma S. Pablo?: HI Cor 11, 27: Por
tanto, quien coma el pan o beba la copa del Señor indignamente, será reo del
Cuerpo y de la Sangre del Señor. Si, el que come el Cuerpo o la
Sangre del Señor indignamente, es reo del Cuerpo y de la Sangre del Señor es,
sin duda alguna, porque Cristo esta real y verdaderamente presente bajo las
especies eucarísticas.
Tal vez
alguno alegue en contra de esta presencia real el texto de Jn 6, 63 (El espíritu
es el que vivifica, la carne nada aprovecha. Las palabras que os he dicho son
espíritu y vida).
Para
conocer el verdadero sentido de este versículo hay que situarlo en todo su
contexto. Cristo dice “la” carne y no “mi” carne. Carne, en la Biblia,
significa el hombre en cuanto frágil, débil, mortal (Cfr. Is 40, 5-6: Se
revelará la gloria de Yahvé, y toda criatura a una la verá. Pues la boca de
Yahvé ha hablado.» Una voz dice: «¡Grita!» Y digo: «¿Qué he de gritar?» - «Toda
carne es hierba y todo su esplendor como flor del campo.)
En el plano de la vida divina, en el cual se coloca a
Cristo al prometernos el pan de vida, no vale lo humano, sino lo divino. Dios
es Espíritu y si la carne de Cristo tiene poder de dar la vida es porque su
Humanidad esta unida a la Divinidad y posee una fuerza divina.
Agreguemos
que los judíos entendieron en sentido literal las palabras de Cristo y se
escandalizaron: Jn 6, 52: Discutían entre sí
los judíos y decían: «¿Cómo puede éste darnos a comer su carne?» Y Cristo no
los tranquiliza diciendo que habla en forma metafórica, sino que reafirma que
su carne es verdadera comida y su Sangre verdadera bebida: Jn 6, 55: Porque
mi carne es verdadera comida y mi sangre verdadera bebida.
Además, recordemos como S. Pablo
creía en la presencia real de Cristo en la Eucaristía (Cfr. I Cor 11, 27). Y
por consiguiente, los demás Apóstoles, ya que él transmite lo que ha recibido
del Señor: (I Cor 11, 23: Porque yo recibí
del Señor lo que os he transmitido...) Si ellos
interpretaron mal las palabras del Señor, ciertamente Cristo se lo habria
advertido, al menos después de la Resurrección, a fin de que no indujeran en
error a los fieles. Si Cristo, al ver que sus discípulos entendían en sentido
literal las palabras de la institución de la Eucaristía, no debiendo
entenderlas así, no hubiese corregido el error, habría sido el mismo Jesucristo
el causante y el inductor de una idolatría perpetua en la Iglesia.
S. Pablo
afirma claramente que la Eucaristía es la comunión de la Sangre y del Cuerpo de
Cristo (I Cor 10, 16: La copa de bendición que
bendecimos ¿no es acaso comunión con la sangre de Cristo? Y el pan que partimos
¿no es comunión con el cuerpo de Cristo?)
Cristo esta
presente todo entero bajo cada especie:
Aunque
alguna versión pone dos veces la conjunción “y”, el original griego tiene “o”
la primera vez e “y” la segunda.
De ello se desprende que cualquiera que comulgue
indignamente, sea con la sola especie de pan, sea con la sola especie de vino,
profana el Cuerpo y la Sangre de Cristo. Por lo cual también la comunión bajo
una sola especie es tan completa como bajo ambas.
Tampoco se
divide a Cristo al dividirse una especie:
NOTESE que
todos los Apóstoles bebieron del único cáliz y, ciertamente recibieron a Cristo
entero.
EFECTOS DE LA COMUNIÓN
La comunión
es un verdadero alimento espiritual:
Y como nadie alimenta a un muerto, se desprende de este
texto que para poder comulgar, es necesario poseer el estado de gracia.
Lo mismo se desprende de:
Y tal como el alimento corporal conserva y acrecienta las
fuerzas corporales, así este alimento eucarístico, no solamente conserva, sino
que acrecienta la vida del alma.
Es pan de
vida, es decir, alimento de la vida espiritual, de la vida de la gracia: Jn
6, 48: Yo soy el pan de la vida.
Según el
Concilio de Trento (Sess. XIII, c. 2), la Comunión es “el remedio que nos
libra de las culpas cotidianas y nos preserva del pecado mortal”.
Y Santo
Tomas nos dice: “El alimento es necesario al cuerpo para reparar las fuerzas
que cada día se van gastando... También espiritualmente se gastan cada día en
nosotros algunas fuerzas por los pecados veniales... que disminuyen el fervor de la caridad y, por tanto, es
propio de este Sacramento perdonar los pecados veniales“. (S. Th. III,q.79
a. 4).
No es necesario agregar que, evidentemente, se trata de
aquellas faltas que el alma detesta sinceramente, ya que ningún pecado se
perdona sin que haya arrepentimiento. Pero no solamente repara nuestras fuerzas
espirituales, sino que el efecto propio de la Comunión es la unión creciente
con Cristo y con los demás miembros del Cuerpo Místico:
NOTESE que
no se trata de una simple comida fraterna que une al grupo.
Resumiendo
podríamos decir que los efectos de la Comunión son:
a.
Aumento de gracia santificante (según las disposiciones).
b.
Preserva del pecado mortal.
c.
Borra el venial arrepentido.
d.
Disminuye le pena temporal debida al pecado perdonado.
e.
Da gracias actuales, sobre todo para una creciente
caridad.
Una pregunta: Podríamos
preguntarnos por que tantas personas comulgan con frecuencia y no se nota en
ellas visiblemente un aumento de caridad.
La
respuesta es sencilla, el fruto que producen el alma los sacramentos esta en
relación con las disposiciones con que se reciben. Si nos acercamos a la
Comunión con disposiciones deficientes de caridad, toleradas y consentidas mas
o menos habitualmente (por mas que no lleguen a culpa grave, pongamos por caso,
pequeños resentimientos, manifestaciones de egoísmo, indiferencia con nuestros
hermanos y sus necesidades etc.), impedimos, en la misma medida, que la
Comunión produzca todo su fruto.
Y este fruto no esta en sentimientos mas o menos intensos
de amor a Dios y a nuestros hermanos, sino en un creciente amor de obras:
No olvidemos tampoco que la Comunión es parte integrante de
la Misa y, como tal, aun cuando por necesidad comulguemos fuera de la Misa, el
pan eucarístico que recibimos baja del altar del Sacrificio donde fue
consagrado, nos une al Sacrificio de Cristo que, al venir a nosotros, nos
comunica, en cuanto no ponemos obstáculo, sus disposiciones de amor y entrega a
Dios y a nuestros hermanos.
La Comunión es así una invitación a
asimilarnos las disposiciones de Cristo para comulgar, por parte nuestra, su
Sacrificio por su cuerpo que es la Iglesia:
La comunión
también es prenda de la futura gloria:
LA EUCARISTÍA, MISTERIO PASCUAL
En
la Comunión recibimos a Cristo, nuestra Pascua, inmolado por nosotros:
De
modo que cada celebración eucarística
nos hace celebrar de nuevo la Pascua. Dice al respecto el Concilio
Vaticano II:
La Iglesia nunca ha dejado de reunirse
para celebrar el misterio pascual: leyendo cuanto a el se refiere en toda la
Escritura (S. Lc 24,27), celebrando la Eucaristía, en la cual se representa la
victoria y el triunfo de la muerte, y dando gracias al mismo tiempo a Dios por
el don inefable (II Cor 9,15) en Cristo Jesús para alabar su gloria (Ef 1,12)
por la fuerza del Espíritu Santo... La liturgia misma impulsa a los fieles a
que, saciados con los sacramentos pascuales, sean concordes en la piedad; ruega
a Dios que conserven en su vida lo que recibieron en la fe y la renovación de la
alianza del Señor con los hombres en la Eucaristía enciende y arrastra a los
fieles a la apremiante caridad de Cristo.
(Constitución sobre la Liturgia, 6 y 10).
“Urge al cristiano la necesidad y el deber
de luchar, con muchas tribulaciones, contra el demonio, e incluso de padecer la
muerte. Pero asociado al misterio pascual, configurado con la muerte de Cristo,
llegara, corroborado por la esperanza,
a la resurrección”. (Gaudium et spes, 22).
CULTO
EUCARISTICO
Dice el Concilio de Trento:
En
primer lugar enseña el santo Concilio, y clara y sencillamente confiesa, que
después de la consagración del pan y del vino, se contiene en el saludable
sacramento de la santa Eucaristía verdadera, real y substancialmente nuestro
Señor Jesucristo, verdadero Dios y hombre, bajo las especies de aquellas cosas
sensibles; pues no hay en efecto repugnancia en que el mismo Cristo nuestro
Salvador este siempre sentado en el cielo a la diestra del Padre según el modo
natural de existir, y que al mismo tiempo nos asista sacramentalmente con su
presencia, y en su propia substancia en otros muchos lugares con tal modo de
existir, que aunque apenas lo podemos declarar con palabras, podemos no
obstante alcanzar con nuestro pensamiento ilustrado por la fe, que es posible a
Dios, y debemos firmísimamente creerlo. Así pues han profesado
clarísimamente todos nuestros antepasados, cuantos han vivido en la verdadera
Iglesia de Cristo, y han tratado de este santísimo y admirable Sacramento; es a
saber, que nuestro Redentor lo instituyó en la última cena, cuando después de
haber bendecido el pan y el vino; testificó a sus Apóstoles con claras y
enérgicas palabras, que les daba su propio cuerpo y su propia sangre. Y siendo
constante que dichas palabras, mencionadas por los santos Evangelistas, y
repetidas después por el Apóstol san Pablo, incluyen en sí mismas aquella
propia y patentísima significación, según las han entendido los santos Padres;
es sin duda execrable maldad, que ciertos hombres contenciosos y corrompidos
las tuerzan, violenten y expliquen en sentido figurado, ficticio o imaginario;
por el que niegan la realidad de la carne y sangre de Jesucristo, contra la
inteligencia unánime de la Iglesia, que siendo columna y apoyo de verdad, ha
detestado siempre como diabólicas estas ficciones excogitadas por hombres
impíos, y conservado indeleble la memoria y gratitud de este tan sobresaliente
beneficio que Jesucristo nos hizo. (Conc.
Trento. Ses. XIII, Cap. I)
La
presencia de Cristo es permanente mientras hay accidentes de pan y vino. De
esta manera, Cristo esta en nuestros Sagrarios, real y verdaderamente.
Podemos afirmar con toda entereza que
es el “EMMANUEL”, o sea, Dios con nosotros. Por lo mismo, hemos de rendirle culto
de adoración y acción de gracias y visitarle en el Sagrario para hablar con Él,
como con un amigo intimo, pues “la visita es prueba de gratitud, signo de amor
y deber de adoración a Cristo nuestro Señor, allí presente”. (Mysterium fidei,
67).
Una vez mas, hay que decirlo bien alto: La Eucaristía,
como Sacrificio y Sacramento, es el centro de toda autentica vida cristiana. En
palabras del Concilio Vaticano II, la Eucaristía es “fuente y cumbre de toda
la vida cristiana” (Lumen Gentium, 11).
I.- PRINCIPIOS
DOCTRINALES.
“La celebración
de la eucaristía es el centro de toda la vida cristiana para la Iglesia
universal, para la Iglesia local y para cada uno de los fieles” ( IGMR 1)
Desde esta afirmación fundamental, repetida en distintos
documentos del magisterio reciente, se desprenden consecuencias importantes:
-Para la doctrina: que brille en toda su fuerza la fe de la
Iglesia en una exposición fiel y adaptada para que la eucaristía pueda ser
comprendida y vivida por todos los fieles;
-Para la disciplina: que proteja tan augusto sacramento, de
forma que su celebración sea siempre el don de Cristo a su Iglesia y no
arbitrariamente del ministro o asamblea; que sea don de salvación para cada uno
de los fieles que participa en ella; que cada celebrante exprese y manifieste
también la verdadera naturaleza de la Iglesia (EM 6; EV 2/1306);
-Para la pastoral: que suscite la participación de los
fieles y les enseñe “a ofrecer a Dios Padre la Victima divina en el
sacrificio de la misa y a hacer, juntamente con él, la oblación de la propia
vida”(PO 5).
El CIC nos da en
sus cánones un breve resumen de la fe de la Iglesia sobre la eucaristía. Las
fórmulas son concisas pero tienen el valor de centrarse sobre el núcleo mismo
de la fe de la Iglesia; y nos advierten sobre “la tierra sagrada” en la
que hunden sus raíces las normas disciplinares.
Tomando tanto el
c 897 como el c. 899 el legislador pone de relieve los siguientes aspectos y
valores:
En la eucaristía “se contiene, se ofrece y
se recibe al mismo Cristo Señor Nuestro” c 897.Es decir, este augusto
sacramento es al mismo tiempo sacramento-sacrificio, sacramento-comunión y
sacramento-presencia. (Redemptor hominis 20: EV 6/1254).
-Sacramento-sacrificio o sacrifico sacramental, que
el c 897 define como “memorial de la muerte y resurrección del Señor, en el
cual se perpetúa a lo largo de los siglos el sacrificio de la cruz”.
-Sacramento-comunión, porque “el sacrificio y el
banquete sagrado pertenecen al mismo misterio, hasta el punto de estar unidos
el uno al otro por un estrechísimo vínculo. Efectivamente, el Señor se inmola
en el mismo sacrificio de la misa cuando “comienza a estar sacramentalmente
presente, como alimento espiritual de los fieles, bajo las especies de pan y
vino” (EM 3b: EV 2/1297).
-Sacramento-presencia, porque “en él se verifica
el hecho extraordinario y único de la presencia del Autor mismo de la santidad”
(EM 4: EV 2/1304). Es doctrina solemne y definitiva de la Iglesia que en la
eucaristía está presente Nuestro Señor Jesucristo “verdadera, real y
sustancialmente” bajo las especies de pan y vino (Dz 1651), no sólo durante
la celebración, sino también después, mientras duran las especies eucarísticas;
lo cual motiva la veneración y culto de la eucaristía como sacramento
permanente (EM 49-67: EV 2/1349-1367).
II
LA CELEBRACIÓN EUCARÍSTICA
Si todo es
importante en la eucaristía, lo es principalmente su misma celebración; ella es
la que una y otra vez es designada “centro de toda la Iglesia” (IGMR
1;SCCEM 1; EM 6: 2/1306); ella es el origen y el fin del culto que se le
tributa fuera de la misa: “efectivamente, no sólo las sagradas especies que
restan después de la misa se derivan de ella, sino que son conservadas para que
los fieles que no puedan participar en la misa, por medio de la comunión
sacramental, recibida con las debidas disposiciones, se unan a Cristo y a su
sacrificio, celebrado en la misa” (EM 3e: EV 2/1300)
1.-
LA ASAMBLEA, SUJETO DE LA CELEBRACIÓN.
Porque “la
celebración de la eucaristía es acción de toda la Iglesia” (IGMR 5), es
normal que tanto clérigos como laicos concurran tomando parte activa, cada uno
según su modo propio.
Habrá que suscitar
dentro de la asamblea los diversos oficios y ministerios, distintos del
ministerio ordenado, destacados en la IGMR 62-73: cantores y director de coro,
lectores, salmistas, comentador, acólitos, etc.
El c 899 § 3
insta a disponer la celebración de forma que todos los participantes perciban
los frutos abundantes para cuya obtención Cristo Nuestro Señor instituyó el
sacrificio eucarístico.
2.-
EL MINISTRO DE
LA EUCARISTÍA.
Hay que
distinguir entre el ministro de la celebración y el ministro de la comunión,
porque cronológicamente podrían estar separados y porque, aun estando unidos,
el ministro de la celebración puede necesitar de quien le ayude a distribuir la
comunión a los fieles.
2.1 MINISTRO DE LA CELEBRACIÓN EUCARÍSTICA.
A) El hecho mismo de la celebración.
Las normas
actuales las podíamos escalonar de la siguiente manera:
1) Celebración
válida. El c 900 § 1 dice “que sólo el sacerdote válidamente ordenado es
ministro capaz de confeccionar el sacramento de la Eucaristía, actuando en la
persona de Cristo”.
2) Celebración
lícita. En el § 2 del citado c. estable que “Celebra lícitamente la
Eucaristía el sacerdote no impedido por ley canónica, observando las
prescripciones de unos cuantos cánones. Está impedido por ley canónica el que
ha incurrido en excomunión, entredicho o suspensión; o por carecer de las
disposiciones necesarias, tanto espirituales como corporales; o por haber
incurrido en una irregularidad (c 1044 § 1) o estar afectado de un impedimento
(c 1044 § 2).
La celebración
lícita implica también el respeto y observancia de las normas establecidas
tanto en el derecho común como en las normas litúrgicas sobre ritos y
ceremonias, tiempo y lugar, reiteración de la celebración c 905, participación
de algún fiel c 906, como expresión de la presencia y participación del pueblo.
3) Celebración
fructuosa. En el c 909 se manda que “no deje el sacerdote de prepararse
debidamente con la oración, para celebrar el Sacrificio Eucarístico y dar
gracias a Dios al terminar”.
4) Cada sacerdote
debe responder del fiel cumplimiento de estas normas; tanto más cuanto que la
eucaristía “es la principal y central razón de ser del sacramento del
sacerdocio, nacido efectivamente en el momento de la constitución de la
eucaristía y a la vez que ella”(Ep.
Dominicae Caenae 2:EV 7/156). Se responsabiliza además de al Obispo “moderador,
promotor y custodio de toda la vida litúrgica” c 835 § 1, a otros que, bajo la
autoridad del Obispo, cooperan con él al frente de las asambleas locales, como
son el párroco c 528 § 2, el rector de la iglesia c 562, el superior religioso
c 611 3°, para que cuiden de que las funciones sagradas se celebren en sus
iglesias dignamente, de acuerdo con las normas litúrgicas.
B) Circunstancias de la celebración.
1) ¿Tienen obligación de celebrar la Santa Misa
los sacerdotes todos los días? En el c 904 se dice que“teniendo siempre
presente que en el misterio del Sacrificio Eucarístico se realiza continuamente
la obra de la redención, deben celebrar frecuentemente, es más, se recomienda
encarecidamente la celebración diaria”.
2) Aplicación de la Misa. La norma del c 901 es más de
carácter teológico que jurídico y dice que “el sacerdote tiene facultad para
aplicar la misa por cualesquiera, tanto vivos como difuntos”.
3) Concelebración de la misa. El c 902 dice que “pueden
los sacerdotes concelebrar la Eucaristía, a no ser que la utilidad de los
fieles requiera o aconseje otra cosa, permaneciendo, sin embargo, la libertad
de cada uno para celebrar individualmente la Eucaristía, pero no mientras se
está concelebrando en la misma iglesia u oratorio”.
La concelebración
está prescrita por el mismo rito en la ordenación del Obispo y de los
presbíteros, en la bendición del Abad y en la Misa crismal.
Se recomienda,
a no ser que la utilidad de los fieles requiera o aconseje otra cosa:
·
En el
Jueves Santo, para la Misa vespertina.
Los presbíteros
que están de paso serán admitidos con gozo a la concelebración eucarística,
siempre que se conozca su condición de sacerdotes.
Donde hay un gran
número de sacerdotes, el superior competente puede conceder que la
concelebración tenga lugar incluso varias veces en el mismo día, con tal que
sea en tiempos sucesivos o en lugares sagrados diversos.
Toca al Obispo,
según las normas del derecho, ordenar la disciplina de la concelebración en su
propia diócesis, incluso en las iglesias de los religiosos exentos y en
los oratorios.
Ha de tener una
consideración especial la concelebración en la que los sacerdotes de una
diócesis concelebran con el propio Obispo, en la Misa estacional,
principalmente en las solemnidades mayores del año litúrgico, en la Misa de
ordenación del nuevo Obispo de la diócesis o de su coadjutor o auxiliar, en la
Misa crismal, en la Misa vespertina en la Cena del Señor, en la celebración del
Santo Fundador de la Iglesia local o Patrono de la diócesis, en los
aniversarios del Obispo y con ocasión del Sínodo o de la visita pastoral.
Se recomienda la
concelebración cuantas veces los sacerdotes se encuentren con el propio Obispo,
sea con ocasión de los ejercicios espirituales o de alguna reunión. En estos
casos, el signo de la unidad del sacerdocio y de la Iglesia, que es
característico de toda concelebración, se manifiesta de una manera más
evidente.
Por una causa
peculiar, de significación del rito o de festividad, se puede celebrar o
concelebrar varias veces al día, en los siguientes casos:
·
Si alguien,
el Jueves Santo, ha celebrado o concelebrado en la Misa crismal, puede también
celebrar o concelebrar en la Misa vespertina en la Cena del Señor.
La Misa
concelebrada se ordena, en cualquiera de sus formas, según las normas que
comúnmente se han de observar tomando en cuenta o cambiando lo que más abajo se
indicará.
Nunca nadie se
acerque ni sea admitido a una concelebración una vez que ya ha empezado la
Misa.
C) Binación y
trinación.
El c 905, en su §
1 dice que “exceptuados aquellos
casos en que, según el derecho, se puede celebrar o concelebrar más de una vez
la Eucaristía en el mismo día, no es lícito que el sacerdote celebre más de una
vez al día”.
3.- MINISTRO DE LA
COMUNIÓN.
A)
Ministro ordinario.
“Son ministros
ordinarios de la sagrada comunión el Obispo, el presbítero y el diácono” dice el c 910 § 1.
B) Ministro
extraordinario.
En el § 2 del c
910 dice “Es ministro extraordinario de la sagrada comunión el acólito, o
también otro fiel designado según el c 230 § 3 “Donde lo aconseje la necesidad
de la Iglesia y no haya ministros, pueden también los laicos, aunque no sean
lectores ni acólitos, suplirles en algunas de sus funciones, es decir,
ejercitar el ministerio de la palabra, presidir las oraciones litúrgicas, administrar
el bautismo y dar la sagrada Comunión, según las prescripciones del derecho”
C) Ministro de
la comunión a los enfermos.
No se trata de
una tercera especie entre le ministro ordinario y el extraordinario, sino de la
aplicación concreta de ambos, atendida por el Código en el c 911 § 2 “En
caso de necesidad, o con licencia al menos presunta del párroco, capellán o
superior, a quien se debe informar después, debe hacerlo cualquier
sacerdote u otro ministro de la sagrada comunión”.
4.-
PARTICIPACIÓN DE LA EUCARISTÍA
“ Si la celebración de la eucaristía es acción de toda la
comunidad, ésta debe participar en ella activamente, mediante los ritos,
conforme a las normas establecidas por la Constitución de sagrada liturgia...”
(EM 12: EV 2/1312). Esta
participación alcanza su plenitud en la comunión sacramental recibida dentro de
la misa.
A) Derecho a
recibir la eucaristía.
El c. 912
establece que “Todo bautizado a quien el derecho no se lo prohíba, puede y
deber ser admitido a la sagrada comunión”, “derecho a los sacramentos” común
a todos los fieles ( cc. 213 y 843).
L i m i t a c i o n e s :
·
Una limitación grave afecta
a los bautizados que no están dentro de la plena comunión eclesiástica c 96.,
independientemente de su culpabilidad o inocencia; una limitación, sin embargo,
que deja abierta la posibilidad de la comunicación en lo sagrado, regulada por
el c 844.
·
Otra limitación afecta a
quienes van a recibir la primera comunión, mientras no tengan suficiente
conocimiento y hayan recibido la preparación adecuada.
·
Otras limitaciones están
completadas en el c 915 y revisten la figura de una verdadera denegación del
sacramento.
D e n e g a c
i ó n d e l a c o m u n i ó n:
El c 915 manda que “ No deben ser
admitidos a la sagrada comunión los excomulgados y los que están en entredicho
después de la imposición o declaración de la pena, y los que obstinadamente
persisten en pecado grave”. “Con toda certeza el texto incluye también a los divorciados
que volvieron a casarse. (Se trata de una aplicación que muchos han
querido polemizar, pero que la Iglesia mantiene firmemente, no por dureza, sino
por fidelidad. (Familiaris consortio).
Afecta la
denegación igualmente a los bautizados unidos sólo en matrimonio civil, dada su
consideración de matrimonio nulo c 1055 § 2 y a los convivientes.
B)
Primera
comunión de los niños.
1)Edad.
El c 913 § 1 dice
que “ Para que pueda administrarse la santísima Eucaristía a los niños, se
requiere que tengan suficiente conocimiento
hayan recibido una preparación cuidadosa, de manera que entiendan el
misterio de Cristo en la medida de su capacidad, y puedan recibir el Cuerpo del
Señor con fe y devoción”.
2)Personas responsables de la preparación
El c 914
determina que “Los padres en primer lugar, y quienes hacen sus veces, así
como también el párroco, tienen obligación de procurar que los niños que han
llegado al uso de razón se preparen convenientemente”.
3) Previa
confesión sacramental.
Así lo dice el mismo c 914 “previa
confesión sacramental”.
4) Niños
deficientes y “excepcionales”.
¿Hasta qué punto
pueden ser admitidos a la comunión? Si fueran incapaces de acto humano la
respuesta es negativa. Pero hay muchos casos en los que no se puede afirmar tal
incapacidad. El Directorio Catequético general 91: EV 4/593, dice que “La
catequesis debe darles la posibilidad de vivir la vida de fe según su
capacidad. Es una tarea eminentemente evangélica y un testimonio de gran
alcance, que entra en la constante tradición de la Iglesia”.
C)
Obligación de comulgar.
El c 920 dice que
“Todo fiel, después de la primera comunión, está obligado a comulgar por lo
menos una vez al año”.
D)
Comunión de enfermos.
Hay dos cánones
que tratan el tema y dice uno de ellos, el c 921 § 1 “Se debe administrar el
Viático a los fieles que, por cualquier motivo, se hallen en peligro de
muerte”.
§ 2 “Aunque hubieran recibido la sagrada comunión el mismo
día, es muy aconsejable que vuelvan a comulgar quienes lleguen a encontrarse en
peligro de muerte”.
§ 3 “Mientras dure el peligro de muerte, es aconsejable
administrar la comunión varias veces, en días distintos”.
Y en el c 922 manda
que “No debe retrasarse demasiado el Viático a los enfermos; quienes ejercen
la cura de almas han de vigilar diligentemente para que los enfermos lo reciban
cuando tienen aún pleno uso de sus facultades”.
E)
Disposiciones necesarias
para comulgar.
El c 916 dispone
que “Quien tenga conciencia de hallarse en pecado grave, no celebre la Misa
ni comulgue el Cuerpo del Señor sin acudir antes a la confesión
sacramental, a no ser que concurra un
motivo grave y no haya oportunidad de confesarse; y, en este caso, tenga
presente que está obligado a hacer un acto de contrición perfecta, que incluye
el propósito de confesarse cuanto antes”.
Y el c 919 manda
en el § 1 que “Quien vaya a recibir la Santísima Eucaristía ha de abstenerse
de tomar cualquier alimento y bebida al menos desde una hora antes de la
sagrada comunión, a excepción sólo del agua y de las medicinas”.
§ 2 “ El sacerdote que celebra la santísima Eucaristía
dos o tres veces el mismo día puede tomar algo antes de la segunda o tercera
Misa, aunque no medie el tiempo de una hora”.
§3 “Las personas de edad avanzada o enfermas, y asimismo
quienes las cuidan, pueden recibir la santísima Eucaristía aunque hayan tomado
algo en la hora inmediatamente anterior”.
E) Cuántas veces se puede comulgar en el mismo día.
El c 917
determina que “Quien haya recibido la santísima Eucaristía puede recibirla
otra vez el mismo día solamente dentro de la celebración eucarística en la que
participe, quedando a salvo lo que prescribe el c 921 § 2 que en peligro de
muerte es muy aconsejable que vuelvan a comulgar aunque hubieran comulgado el
mismo día.
F)
Circunstancias de la
comunión.
“Se aconseja
encarecidamente -dice el c
918- que los fieles reciban la sagrada comunión dentro de la celebración
eucarística, sin embargo, cuando lo pidan con causa justa, se les debe
administrar la comunión fuera de la Misa, observando los ritos litúrgicos”.
“Los fieles pueden participar en el Sacrificio Eucarístico
y recibir la sagrada comunión en cualquier rito católico, salvo lo prescrito en
el c 844.
A tenor del c. 844 § 2, sería posible “en caso de
necesidad, o cuando lo aconseje una verdadera utilidad espiritual, y con tal de
que se evite el peligro de error o de indiferentismo”, cuando los fieles
católicos se vean en la imposibilidad física o moral de acudir a un ministro
católico y en sus comunidades se celebre válidamente la eucaristía.
El c 925 manda
“Adminístrese la sagrada comunión la sagrada comunión bajo la sola especie del
pan o, de acuerdo con las leyes litúrgicas, bajo las dos especies; en caso de
necesidad, también bajo la sola especie del vino”.
En la Instr.
Memoriale Domini (1969) determinó que cada Conferencia Episcopal decidiera. Y
donde está permitido, el fiel es libre para una u otra forma.
1)
RITOS Y CEREMONIAS DE LA CELEBRACIÓN EUCARÍSTICA.
Los libros que
ofrecen las normas son los litúrgicos y en la OGMR se habla de
1) Estructura de la celebración eucarística.
La resume adecuadamente con las siguientes palabras: “La Misa
podemos decir que consta de dos partes: la Liturgia de la Palabra y la Liturgia
Eucarística, tan estrechamente unidas entre sí, que constituyen un sólo acto de
culto, ya que en la Misa se dispone la mesa, tanto de la palabra de Dios como
del cuerpo de Cristo, en la que los fieles encuentran formación y refección.
Otros ritos pertenecen a la apertura y conclusión de la celebración” (IGMR
28).
a) Ritos
de apertura:
son el canto de entrada, la señal de la cruz, saludo que puede ser prolongado
por una breve monición, acto penitencial, Kirie, (Señor ten piedad)
Gloria y colecta que cierra esta parte y en la que el celebrante recoge, de
algún modo, las intenciones y peticiones de la asamblea a la que trata de
situar ante el Señor.
b)
Liturgia de la Palabra: es parte integrante de la celebración. Por medio de
ella, Cristo se hace presente, “pues cuando se lee la Sagrada Escritura en la
Iglesia, es El quien habla” (SC 7). “Por eso las lecturas de la Palabra de
Dios... deben ser escuchadas por todos
con veneración. Y aunque la palabra divina, en las lecturas de la Sagrada
Escritura, va dirigida a todos los hombres de todos los tiempos y está al
alcance de su entendimiento, sin embargo, su eficacia aumenta con una
explanación viva, es decir, con la homilía, que viene a ser parte de la acción
litúrgica. (IGMR 29).
Hablando de la HOMILÍA el Código la destaca entre las restantes
formas de predicación, la reserva al sacerdote o al diácono, la prescribe en
domingos y fiestas de precepto con concurso de pueblo y la aconseja en los días
de semana, “sobre todo en el tiempo de adviento y cuaresma, o con ocasión de
una fiesta o un acontecimiento luctuoso” (c. 767,§§ 1-3).
A la homilía sigue la profesión de fe en domingos y solemnidades
y finalmente tiene lugar la oración universal u oración de los fieles.
c)
Liturgia eucarística: Se trata de hacer continuamente presente en la
Iglesia “la última Cena, en la que Cristo instituyó el sacrificio y convite
pascual, por medio del cual el sacrificio de la cruz se hace continuamente
presente en la Iglesia cuando el sacerdote, que representa a Cristo Señor,
realiza lo que el mismo Señor hizo y encargó a sus discípulos que hicieran en
memoria de él.(IGMR 72). Por eso:
- en la preparación de los dones
se llevan al altar el pan y el vino con el agua; es decir, los mismos elementos
que Cristo tomó en sus manos;
- en la plegaria eucarística se
dan gracias a Dios por toda la obra de la salvación y las ofrendas se
convierten en el Cuerpo y Sangre de Cristo;
- por la fracción de un solo pan se
manifiesta la unidad de los fieles, y por la comunión los mismos fieles reciben
el Cuerpo y la Sangre del Señor, del mismo modo que los apóstoles lo recibieron
de manos del mismo Cristo.
d) Ritos de conclusión: Según el
n° 90 de la IGMR “El rito de conclusión consta de:
a.- Breves avisos, si son
necesarios.
b.- Saludo y bendición
sacerdotal, que en algunos días y ocasiones se enriquece y se amplía con la
oración “sobre el pueblo” o con otra fórmula más solemne.
c.- Despedida del pueblo por
parte del diácono o del sacerdote.
d.- El beso del altar por parte
del sacerdote y del diácono y, después, la profunda inclinación ante el altar
por parte del sacerdote, del diácono y de los otros ministros.
2)
Materia necesaria para el sacrificio eucarístico.
El c.924 § 1 dice que “El sacrosanto Sacrificio Eucarístico
se debe ofrecer con pan y vino, al cual se ha de mezclar un poco de agua”.
“El pan ha de ser exclusivamente de trigo y hecho recientemente,
de manera que no haya ningún peligro de corrupción” § 2.
§ 3 “El vino debe ser natural,
del fruto de la vid, y no corrompido”.
3)
Administración bajo la especie de pan.
El c 925 manda “Adminístrese la sagrada comunión bajo la sola especie
del pan o, de acuerdo con las leyes litúrgicas (IGMR ns 281-287), bajo las dos
especies; en caso de necesidad, también bajo la sola especie del vino”.
4) Pan
ázimo.
“Según la antigua tradición de la Iglesia latina, el sacerdote,
dondequiera que celebre la Misa, debe hacerlo empleando pan ázimo”( c.926).
5)
Obligación de consagrar ambas materias.
El c. 927 afirma taxativamente que “ Está terminantemente
prohibido, aun en caso de extrema necesidad, consagrar una materia sin la otra,
o ambas fuera de la celebración eucarística”.
6) Lengua
de la celebración.
El c 928 dice “La celebración eucarística hágase en lengua
latina, o en otra lengua con tal que los textos litúrgicos hayan sido
legítimamente aprobados”. ( Aprobados por la Conferencia Episcopal y
revisados por l Santa Sede, c 838 §§ 3 y 2).
7)
Ornamentos.
“Al celebrar y administrar la
Eucaristía, los sacerdotes y los diáconos deben vestir los ornamentos sagrados
prescritos por las rúbricas” manda el c 929. (En la IGMR en el n° 337 dice que “La
vestidura propia del sacerdote celebrante, en la Misa y en otras acciones
sagradas que directamente se relacionan con ella, es la casulla, mientras no se
diga lo contrario, puesta sobre el alba y la estola”. Y en el 338: “El
vestido propio del diácono es la dalmática, que se pone sobre el alba y, la
estola, sin embargo, puede suprimirse la dalmática, por necesidad o por menor
grado de solemnidad”).
8)
Utensilios sagrados en general.
“Como para la edificación de las iglesias, así también, para
todo el mobiliario y ajuar, la Iglesia, en los nrs 325 y 326 de la OGMR dice
que, acepta el estilo artístico de cada región y admite las adaptaciones que
cuadren con el modo de ser y tradiciones de cada pueblo, con tal que todo
responda de una manera adecuada al uso sagrado para el que se destinan (SC 128).
También en este campo búsquese con cuidado la noble simplicidad
que tan bien le cae al arte auténtico.
En la selección de materiales para los utensilios sagrados, se
pueden admitir no sólo los materiales tradicionales, sino también otros
materiales que, según la mentalidad de nuestro tiempo, se consideran nobles,
son duraderos y se acomodan bien al uso sagrado. Pero en este campo será juez
la Conferencia Episcopal en cada región.
9)
Benignidad y decoro en la celebración de sacerdotes enfermos o ciegos.
El
c 930 § 1 dice “ El sacerdote enfermo o anciano, si no es capaz de estar de
pie, puede celebrar sentado el Sacrificio eucarístico, observando siempre las
leyes litúrgicas, pero no con asistencia de pueblo, a no ser con licencia del
Ordinario del lugar”.
Y en el § 2 “El sacerdote
ciego o que sufre otra enfermedad puede celebrar el Sacrificio eucarístico con
cualquier texto de la Misa de entre los aprobados, y con asistencia, si el caso
lo requiere, de otro sacerdote o diácono, o también de un laico
convenientemente instruido, que le preste ayuda”.
4)
TIEMPO Y LUGAR
DE LA CELEBRACIÓN.
1)
Tiempo.
“La celebración y administración de la Eucaristía puede hacerse
todos los días y a cualquier hora, con las excepciones que se establecen en las
normas litúrgicas” manda el c 931. (Las leyes litúrgicas no establecen
más excepción que la del triduo sacro, con sus celebraciones peculiares. El
Jueves Santo el Ordinario del lugar puede autorizar que, además de la Misa
vespertina in Coena Domini, se celebre en las iglesias y oratorios otra Misa
vespertina y aun matutina, pero sólo para los fieles que no pueden participar
en la Misa vespertina).
2)
Lugar.
“La celebración eucarística se ha de hacer en lugar sagrado, a
no ser que, en un caso particular, la necesidad exija otra cosa, en este caso,
la celebración debe realizarse en lugar digno” c. 932 § 1.
3)
Altar.
El c. anterior en su § 2 manda que “ Se debe celebrar el
Sacrificio eucarístico en un altar dedicado o bendecido; fuera del lugar
sagrado se puede emplear una mesa apropiada, utilizando siempre el mantel y el
corporal.
4)
¿En iglesias
o capillas de acatólicos?.
El c 933 dice que “Por causa justa, con licencia expresa del
Ordinario del lugar y evitando el escándalo, puede un sacerdote celebrar la
Eucaristía en el templo de una Iglesia o comunidad eclesial que no estén en
comunión plena con la Iglesia católica”
5)
RESERVA DE LA
EUCARISTÍA.
a)
Lugares de reserva eucarística.
Está prescrita la reserva eucarística (c 934 § 1,1°):
-
En
la iglesia catedral o equiparada a ella, como la iglesia de prelatura, o abadía
territorial, o vicariato apostólico, o prefectura apostólica etc.
-
En
todas las iglesia parroquiales y cuasiparroquiales ( c 516 § 1).
-
En
la iglesia u oratorio anejo a la casa de un instituto religioso o sociedad de
vida apostólica.
Está permitida 2°: En la
capilla del Obispo y, con licencia del Ordinario del lugar, en otras iglesias,
oratorios y capillas.
En el § 2 dice que “ En los lugares sagrados donde se reserva la
santísima Eucaristía debe haber siempre alguien a su cuidado y, en la medida de
lo posible, celebrará allí la Misa un sacerdote al menos dos veces al mes”.
Está prohibida c 935: “A nadie está permitido conservar en su
casa la santísima Eucaristía o llevarla consigo en los viajes, a no ser que lo
exija una necesidad pastoral, y observando las prescripciones dictadas por el
Obispo diocesano.
La reserva ha de hacerse en un solo lugar, el c. 936 dice “En la
casa de un instituto religioso o en otra casa piadosa, se debe reservar la santísima
Eucaristía sólo en la iglesia o en el oratorio principal anejo a la
casa; pero el Ordinario, por causa justa, puede permitir que se reserve también
en otro oratorio de la misma casa”.
b)
El tabernáculo o sagrario.
1) Un solo tabernáculo: el c 938 § 1 dice que “Habitualmente, la
santísima Eucaristía estará reservada en un solo sagrario de la iglesia u
oratorio”.
2) Su colocación: El mismo c. en el § 2 “El sagrario en el que
se reserva la Eucaristía ha de estar colocado en un parte de la Iglesia u oratorio
verdaderamente noble, destacada, convenientemente adornada y apropiada para la
oración”. (En el n° 315 de la IGMR dice: “Por razón del signo, es muy
conveniente que el sagrario en el que se reserva la Santísima Eucaristía no
esté sobre el altar en el que se celebra la Misa. Por tanto, conviene que el
sagrario se coloque, con el consejo del Obispo diocesano: a) O en el
presbiterio, fuera del altar de la celebración, de la forma y en el lugar más
conveniente, sin excluir el altar antiguo, que no se utilizará ya más para la
celebración (n.306).
b) O también en una capilla,
apropiada para la adoración y la oración privada de los fieles, que forme una
sola cosa con la iglesia y esté abierta a los fieles).
3)Su estructura: c. 938 § 3 “debe ser inamovible, hecho de
materia sólida no trasparente, y cerrado de manera que se evite al máximo el
peligro de profanación”.
4) Seguridad: posibilidad de reservar la Eucaristía en otro
lugar digno y más seguro, en especial durante la noche (c 938 § 4), cuando haya
peligro de profanación.
Y obligación del responsable de la iglesia u oratorio de proveer “a que
se guarde con la mayor diligencia la llave del sagrario”(c 938 § 5). No debe
quedar junto al sagrario, sobre la mesa del altar, sino en lugar seguro.
c)
Modo de la reserva eucarística.
En los cc 939 y 940 se dan cuatro prescripciones: 1) las hostias
consagradas deben guardarse en un copón o recipiente adecuado; 2) en cantidad
que corresponda a las necesidades de los fieles y que pueden derivarse de la
comunión de enfermos y de la comunión fuera de la Misa, o aun dentro de ella,
para subvenir a necesidades no previstas; 3) con obligación de renovarlas
frecuentemente, que podría ser precisada todavía más por el derecho particular;
y 4) cuidando de que luzca ante el sagrario constantemente una lámpara
especial, con la que se indique y honre la presencia de Cristo. (El n° 316 de
la IGMR dice textualmente “Según la costumbre tradicional, junto al sagrario
lucirá permanentemente una lámpara especial, alimentada con aceite o con cera,
con la cual quede señalada y honrada la presencia de Cristo”).
6) LA VENERACIÓN
DE LA EUCARISTÍA.
a) Oración y adoración privada.
Se exhorta a todos a dar culto a la eucaristía “con suma
adoración” (c 898), y más en particular a los miembros de institutos
religiosos,( c 663 § 2), al prescribir que la iglesia en la que está reservada
la Eucaristía quede abierta a los fieles, por lo menos algunas horas al día,
“para que puedan hacer oración ante el Santísimo Sacramento” ( c 937), aunque
sea una prescripción que admita excepciones: “ a no ser que obste una razón
grave”, cual podría se la falta de seguridad por la soledad del lugar o por
otras razones.
b) Actos públicos de culto.
1)Exposición del Santísimo: NATURALEZA. Es la presentación del
Santísimo a los fieles, bien sea en el copón en el que se conserva
habitualmente, bien en el ostensorio que permite ver directamente la hostia
consagrada c 941 § 1.
LUGAR. Puede tenerse “en iglesias y oratorios en los que esté
permitido tener reservada la santísima Eucaristía” a juicio del propio rector
del lugar sagrado (cuando se trata de comunidades religiosas, a juicio del
propio superior).
MINISTRO. Lo es el sacerdote o el diácono, quienes concluyen la
exposición con la bendición; en circunstancias peculiares, pero sin bendición,
el acólito, el ministro extraordinario de la sagrada comunión, u otro encargado
por el Ordinario del lugar, observando las prescripciones dictadas por el
Obispo diocesano.
MODO. Puede ser breve, “está prohibida la exposición hecha
exclusivamente para impartir la bendición” (SCCEM 89) y prolongada o solemne,
“es aconsejable que en esas mismas iglesias y oratorios se haga todos los años”
c 942.
LIMITES. “Durante la celebración de la misa, no se tenga la
exposición del Santísimo en la misma iglesia u oratorio” c 941 § 2.
2) Las procesiones eucarísticas: OBLIGACIÓN. “Como testimonio de
veneración a la santísima Eucaristía...téngase una procesión por las calles,
sobre todo en la solemnidad del Corpus Christi” c 944 § 1. (sometido al juicio
del Obispo: “para que se lleve a cabo con dignidad y sin desdoro de la
reverencia debida a este Santísimo Sacramento” (SCCEM 101).
PARTICIPANTES. “Corresponde al Obispo diocesano dar normas sobre
las procesiones, mediante las cuales se provea a la participación a ellas y a
su decoro” c 944 § 2.
MODO. “Conviene que se haga inmediatamente después de la misa en
que se ha consagrado la hostia...pero no impide que se tenga después de una
pública y prolongada adoración que siga a la misa” (SCCEM 103). “al término de
la procesión se da la bendición o en otro lugar más oportuno” (SCCEM 108).
INCULTURACIÓN. “sea en el adorno de las calles y plazas, sea en la
ordenada forma de desfilar de los participantes. Durante la procesión, si la
costumbre lo reclama o lo aconseja el bien pastoral, se pueden hacer estaciones
en las que se dé la bendición eucarística” ( ibid. 104).
LIMITES: “en el caso de una gran ciudad, si la necesidad pastoral
lo hace oportuno, a juicio del obispo diocesano, pueden organizarse otras
procesiones en las principales barriadas de la ciudad” ( ibid. 102).
7) LOS
ESTIPENDIOS DE MISAS
a) El estipendio, “laudable costumbre” aceptada y defendida por la
Iglesia.
El c 945 § 1 dice “Según el uso aprobado por la Iglesia, todo
sacerdote que celebra o concelebra la misa puede recibir estipendio para que la
aplique por una determinada intención”.
En el § 2 “ Se recomienda encarecidamente a los sacerdotes que
celebren la Misa por las intenciones de los fieles, sobre todo de los
necesitados, aunque no reciban ningún estipendio”.
b) Contribución de los fieles.
“Los fieles que ofrecen un estipendio para que se aplique la
Misa por su intención contribuyen al bien de la Iglesia, y con esa ofrenda
participan de su solicitud por sustentar a sus ministros y actividades” dice el
c 946.
c)
Ni aun apariencia de negociación o comercio.
El c 947 manda que “ En materia de estipendios, evítese hasta la
más pequeña apariencia de negociación o comercio”.
d) Tantas misas cuantos estipendios recibidos.
Dice el c 948: “Se ha de aplicar una Misa distinta por cada
intención para la que ha sido ofrecido y se ha aceptado un estipendio, aunque
sea pequeño”.
e) Permanencia de la obligación.
El que recibió el estipendio sigue estando obligado a celebrar y
aplicar la Misa por la intención del oferente “aunque el estipendio recibido
hubiera perecido sin culpa suya”c 949.
f) Determinación del número de estipendios.
¿Qué hacer cuando el oferente entregó la limosna y no determinó el
número de misas a celebrar?. Dice el c 950 que “Si se ofrece una cantidad de
dinero para la aplicación de Misas, sin indicar cuántas deben celebrarse, su
número se determinará atendiendo al estipendio fijado para el lugar en el que
reside el oferente, a no ser que deba presumirse legítimamente que fue otra su
intención”.
g) El sacerdote que celebre varias misas en un día retenga un
solo estipendio.
El c 951 § 1dice que “El sacerdote que celebre más de una Misa
el mismo día, puede aplicar cada una de ellas por la intención para la que se
ha ofrecido el estipendio; sin embargo, exceptuado el día de Navidad, quédese
sólo con el estipendio de una Misa, y destine los demás a los fines
determinados por el Ordinario, aunque puede también recibir alguna retribución
por un título extrínseco”. (El sacerdote retienen un estipendio al día y puede
hacerlo incluso si una de las misas la aplicó “pro populo”.Lo de “alguna
retribución” sería por desplazamiento a un lugar distante, a hora intempestiva
etc.).
h) Exclusión de estipendio en la
otra misa concelebrada.
El c 951 § 2 manda que “El sacerdote que
concelebra una segunda Misa el mismo día no puede recibir por ella estipendio
bajo ningún título”.
i) Cuantía del estipendio y autor de
su determinación.
“Compete al concilio provincial o a la reunión de Obispos de la
provincia fijar por decreto para toda la provincia el estipendio que debe
ofrecerse para la celebración y aplicación de la Misa, y no le es lícito al
sacerdote pedir una cantidad mayor; sí le es lícito recibir por la aplicación
de una Misa un estipendio mayor que el fijado, si es espontáneamente ofrecido,
y también uno menor”, dice el c 952 en el § 1 y en el § 2 “A falta de tal
decreto, se observará la costumbre vigente en la diócesis” y en el § 3 manda
que “Los miembros de cualesquiera institutos religiosos deben atenerse también
al mismo decreto o costumbre del lugar mencionados en los §§ 1 y 2.
j) Número de estipendios que puede
aceptar un sacerdote.
“A nadie es lícito aceptar tantos
estipendios para celebrar Misas personalmente, que no pueda satisfacerlos en el
plazo de un año” estipula el c 953.
k) Numero de encargos de Misas que
pueden recibir iglesias u oratorios.
El c. 954 manda que “Si en algunas iglesias
u oratorios se reciben encargos de Misas por encima de las que allí pueden
decirse, éstas pueden celebrarse en otro lugar, a no ser los oferentes hubieran
manifestado expresamente su voluntad contraria”.
l) Sobre encomendar a otros la
celebración de las Misas.
El c 955 § 1 establece que “ Quien desee
encomendar a otros la celebración de Misas que se han de aplicar, debe
transmitirlas cuanto antes a sacerdotes de su preferencia, con tal que le
conste que son dignos de confianza; debe entregar íntegro el estipendio recibido,
a no ser que le conste con certeza que lo que excede por encima de lo
establecido en la diócesis se le dio en consideración a su persona; y sigue
teniendo la obligación de procurar que se celebren las Misas, hasta que le
conste tanto la aceptación de la obligación como la recepción del estipendio”.
ll) En qué tiempo se han de celebrar
las misas.
El mismo c en el § 2 dice que “El tiempo
dentro del cual deben celebrarse las Misas comienza a partir del día en que el
sacerdote que las va a celebrar recibió el encargo, a no ser que conste otra
cosa”.
m) Sobre la
anotación de
misas encargadas.
El c 955 hace dos mandatos en el § 3 que
“Quienes transmitan a otros Misas que han de ser celebradas, anoten sin demora
en un libro, tanto las Misas que recibieron como las que han encargado, a no
ser que conste otra cosa”.
Y en el § 4 manda que “Todo sacerdote debe
anotar cuidadosamente los encargos de Misas recibidos y los ya satisfechos”.
n) Estipendios sobrantes en el año.
“Todos y cada uno de los administradores de
causas pías, o quienes de cualquier modo están obligados a cuidar de que se
celebren Misas, tanto clérigos como laicos, entregarán a sus Ordinarios las
cargas de Misas que no se hubieran cumplido dentro del año, según el modo que haya
sido determinado por éstos” dice el c 956.
ñ) A quien corresponde vigilar para
que se cumplan las cargas de Misas.
“La obligación y el derecho de vigilar para
que se cumplan las cargas de Misas corresponde al Ordinario local para las
iglesias del clero secular;; y a sus Superiores, para las iglesias de
institutos religiosos o sociedades de vida apostólica” determina el c 957.
o) Deberes del párroco o rector
donde se reciben estipendios de Misas.
El c 958 en el § 1 establece que “ El párroco
o el rector de una iglesia o de otro lugar piadoso, donde suelen recibirse
estipendios de Misas, han de tener un libro especial en el que se tomarán
diligentemente nota del número de Misas que se han de celebrar, de la
intención, del estipendio ofrecido y del cumplimiento del encargo” y en el § 2
dice que “Que el Ordinario tiene obligación de revisar cada año esos libros,
personalmente o por medio de otros”.
8) MISAS GREGORIANAS.
Se llaman “misas gregorianas” a la serie de
misas que deben ser aplicadas por un difunto durante treinta días sin
interrupción. Según la declaración Tricenario gregoriano del 24-02-1967: Si por
un impedimento imprevisto ( enfermedad) o por otra causa razonable ( misa de
funeral o matrimonio), un sacerdote tuviere que interrumpir el treintenario,
“éste mantiene por disposición de la Iglesia los frutos de sufragio a él
atribuidos por la práctica de la Iglesia y la piedad de los fieles hasta el
momento presente, pero con la obligación de completar lo antes posible la
celebración de las treinta misas” (EV 2/966).
9) MISAS COLECTIVAS O
PLURINTENCIONALES.
La Congregación del Clero publicó un
decreto Mos iugiter del 22-02-1991 que dice entre otras cosas: Que no se trata
de misas celebradas a intención de los fieles que entregaron no estipendios
sino modestas cantidades, sin pedir expresamente que por cada una de ellas se
celebre una misa conforme a una intención particular. En estos casos es lícito
unir las diversas ofertas para celebrar el número de misas que corresponde a los
estipendios vigentes en la diócesis.
No se trata tampoco de que el sacerdote
acumule por cuenta propia intenciones y estipendios, con la pretensión de
satisfacer con una única celebración a todos los estipendios recibidos. Esto es
ilícito.
La hipótesis contemplada es la de los
fieles que libremente unen sus intenciones y sus ofertas para la celebración de
una sola misa por sus intenciones.
El decreto aprueba la celebración de misas
colectivas “en el caso de que los oferentes, previa y explícitamente
advertidos, estén de acuerdo”
Se dan estas cuatro normas:
a) Lo
acepten los fieles, previa y explícitamente advertidos;
b) El
sacerdote retenga para sí el solo estipendio fijado en la diócesis, entregando
el resto al Ordinario (diocesano o religioso, según los casos), para los fines
determinados en el derecho;
c) Se
indique públicamente el día, lugar y hora de estas misas;
d) No
se podrán celebrar más de dos veces por semana en cada lugar de culto .Lo cual
significa que se trata de algo excepcional y que la norma sigue siendo la
celebración por intenciones individuales, según la tradición de la Iglesia.
A los Obispos se pide que cuiden la
oportuna catequesis a los fieles y que vigilen para evitar posibles abusos en
tan delicada materia.
Chaclacayo 05
de Enero de 2005
Y
por cuanto en este divino sacrificio que se hace en la Misa, se contiene y
sacrifica incruentamente aquel mismo Cristo que se ofreció por una vez
cruentamente en el ara de la cruz; enseña el santo Concilio, que este
sacrificio es con toda verdad propiciatorio, y que se logra por él, que si nos
acercamos al Señor contritos y penitentes, si con sincero corazón, y recta fe,
si con temor y reverencia; conseguiremos misericordia, y hallaremos su gracia
por medio de sus oportunos auxilios. En efecto, aplacado el Señor con esta
oblación, y concediendo la gracia, y don de la penitencia, perdona los delitos
y pecados por grandes que sean; porque la hostia es una misma, uno mismo el que
ahora ofrece por el ministerio de los sacerdotes, que el que entonces se
ofreció a sí mismo en la cruz, con sola la diferencia del modo de ofrecerse. Los
frutos por cierto de aquella oblación cruenta se logran abundantísimamente por
esta incruenta: tan lejos está que esta derogue de modo alguno a aquella. De
aquí es que no sólo se ofrece con justa razón por los pecados, penas,
satisfacciones y otras necesidades de los fieles que viven; sino también, según
la tradición de los Apóstoles, por los que han muerto en Cristo sin estar
plenamente purgados.